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Siete años de cárcel para ejecutivo bancario formalizado por fraude al fisco

  • Martes 22 de junio de 2021
  • 18:23 hrs

Presentó datos falsos para la aprobación de créditos y una vez otorgados se apropió de los recursos a través de terceros.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción condenó a Pablo Andrés Muñoz Giacaman, ejecutivo de BancoEstado a la época de los hechos, a la pena única de 7 años de presidio efectivo, en calidad de autor de cinco delitos consumados de fraude al fisco. Ilícitos perpetrados entre diciembre de 2014 y septiembre de 2015, en la comuna.

El imputado encargado del área de "ejecutivo de negocios pequeña empresa “A” del Banco Estado de Chile, en una sucursal de la comuna de Concepción, "tramitó, evaluó y presentó al comité de créditos de dicha institución, solicitudes de créditos, tomando parte en la presentación de datos falsos respecto de actividades, estados de situación o patrimonio de los clientes solicitantes, para que estos cumplieran con los requisitos exigidos por el Banco, para la obtención de determinados créditos a pequeñas empresas, condición que realmente no tenían”.

Una vez aprobados los créditos se apropió de los recursos a través de terceros condenados en esta causa.

Otros condenados

Como parte de la causa, el tribunal también condenó al acusado Mario Esteban Arzola Henríquez a la pena única de 5 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva por igual lapso; accesorias legales y una multa de 10 UTM, como autor de dos delitos consumados de fraude al fisco, cometidos en abril de 2015.

Igualmente se condenó a Hilda Magdalena Henríquez Cuevas, el tribunal la condenó como autora de un delito consumado de fraude al fisco, cometido en abril de 2015, a la pena 4 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva por igual lapso; accesorias legales y una multa de 5 UTM.

Finalmente, Ana Gladys Henríquez Cuevas fue condenada como de autora de un delito consumado de fraude al fisco, cometido en abril de 2015, a 3 años y un día presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva por igual lapso; accesorias legales y al pago de una multa de 5 UTM.

Los condenados a libertad vigilada intensiva, deberán presentarse al Centro de Reinserción Social de Gendarmería correspondiente a sus domicilios a aquel que se designe, dentro del plazo de 5 días, contados desde la fecha que la sentencia quede a firme y ejecutoriada, “debiendo, además, todos ellos cumplir durante el período de control con el plan de intervención individual que se apruebe para cada uno de ellos en su momento y con las condiciones legales de las letras a), b) y c) del artículo 17 de la citada ley”.