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SERNAC envía oficio de advertencia a los principales supermercados por políticas de seguridad

  • Viernes 25 de junio de 2021
  • 13:02 hrs

El objetivo del oficio es recalcar a las cadenas de supermercados los derechos que tienen los consumidores y los límites de las políticas de seguridad que pueden emplear las empresas.

El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) informó este viernes que envió un oficio de advertencia a la industria de los supermercados del país, para conocer en detalle sus políticas de seguridad.

Ello, puntualizó el Servicio, “tras tomar conocimiento de algunos casos donde los guardias habrían vulnerado la dignidad de los consumidores”.

Durante el año 2020 se recibieron 800 reclamos relacionados con maltratos de guardias de seguridad, mientras que este año ya suman cerca de 340 casos.

“El objetivo del oficio es recalcar a las cadenas de supermercados los derechos que tienen los consumidores y los límites de las políticas de seguridad que pueden emplear las empresas”, comentó el Sernac.

El director del Sernac enfatizó que “si bien es legítimo que las empresas cuiden su negocio, en ningún caso pueden tomar medidas que vulneren los derechos y la dignidad de los consumidores. Las políticas de seguridad de las empresas deben asegurar un trato digno, adecuado y respetuoso para los consumidores”.

El Servicio tomó esta decisión luego de conocer un par de incidentes ocurridos al interior de locales de la cadena Tottus en la Región Metropolitana, motivo por el cual citó a los representantes de esta compañía para conocer en detalle la versión de la empresa y las medidas a adoptar para evitar que ocurran en el futuro. De acuerdo a los antecedentes que arroje la fiscalización, el SERNAC analizará las acciones que correspondan.

La Ley del Consumidor señala que en caso de que los guardias o personal de vigilancia sorprendan a una persona delinquiendo, sólo están facultados para ponerla a disposición de las autoridades competentes, como Carabineros o Investigaciones. Los dependientes tampoco pueden realizar actos o detenciones vejatorias, golpear, insultar, ni registrar a la persona contra su voluntad.

Es importante recordar que la Ley Zamudio, vigente desde el año 2012, reforzó y complementó la Ley del Consumidor debido a que, por ejemplo, define claramente lo que se entiende por "discriminación arbitraria", proporcionando lineamientos más claros en caso de acudir a tribunales.

El Director del SERNAC subrayó también que, aunque el servicio de seguridad lo preste una empresa externa, los supermercados deben velar porque se respete la Ley "y lo esperable es que estén pendientes que se cumplan los protocolos, con respeto a los derechos de los consumidores".