Ley Karin: Qué no podría ocurrir en el trabajo cuando entre en vigencia
- Sábado 20 de julio de 2024
- 10:20 hrs
La normativa tiene el nombre de una técnico en enfermería de nivel superior que se suicidó en 2019 tras ser hostigada por sus compañeros en el Hospital Herminda Martin de Chillán.
El jueves 1 de agosto entrará en vigencia la Ley Karin, que modifica el Código del Trabajo con la finalidad de garantizar que todo espacio laboral, tanto público como privado, sea libre de violencia y acoso.
El nombre de esta normativa viene de Karin Salgado, una técnico en enfermería de nivel superior (TENS) que se suicidó en 2019 tras sufrir hostigamiento de parte de sus compañeros del Hospital Herminda Martin de Chillán.
De esta manera, la ley contempla tres conceptos clave, que consisten en aquellas conductas que se busca prevenir y erradicar de todo lugar de trabajo. De acuerdo a información del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, se trata de las siguientes:
- Acoso sexual: Que una persona realice, en forma indebida y por cualquier medio, requerimientos de carácter sexual, no consentidos por quien los recibe y que amenacen o perjudiquen su situación laboral.
- Acoso laboral: Toda conducta, ya sea que se manifieste una sola vez o de manera repetida, que constituya agresión u hostigamiento, ejercida por el empleador o por uno o más trabajadores, en contra de otros trabajadores, por cualquier medio, y que tenga como resultado para él o los afectados su menoscabo, maltrato o humillación.
- Violencia en el trabajo: Ejercida por terceros ajenos a la relación laboral, entendiéndose por tal aquellas conductas que afecten a los trabajadores y trabajadoras, con ocasión de la prestación de servicios, por parte de clientes, proveedores o usuarios, entre otros.
Los trabajadores podrán denunciar acoso laboral, sexual o violencia en el trabajo ante su empleador/a, ante la Inspección del Trabajo o ante los tribunales laborales.
Además, los empleadores tendrán que informar semestralmente los canales de la empresa para recibir denuncias sobre incumplimientos al momento de prevenir, investigar y sancionar el acoso, así como las instancias estatales para hacerlo.