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Aguinaldo Navidad 2020: revisa si te corresponde el bono

  • Miércoles 18 de noviembre de 2020
  • 13:24 hrs

El pago de este beneficio se realizará con la pensión del mes de diciembre, por lo que deberá estar siempre antes de Navidad. El año 2019, el Aguinaldo de Navidad fue pagado el 30 de noviembre y se espera que para este 2020 se realice en la misma fecha.

Cada vez falta menos para la Navidad, que este año se vivirá de manera completamente diferente debido a la pandemia por el nuevo coronavirus.

Las fases en las que se encuentran las comunas en nuestro país condicionarán la festividad, la que además se verá restringida por un plan similar al "Fondéate en tu casa", que se hizo para Fiestas Patrias.

En diciembre la gran mayoría de los trabajadores del país recibe aguinaldo navideño, ya que el pago de este aporte es obligatorio por Ley en el sector público, y si bien en el área privada no hay legislación al respecto sí hay casos en que corresponde la entrega de esta bonificación.

¿Quién puede recibir el Bono Navidad?

Según informa el Instituto de Previsión Social (IPS), tienen derecho al pago del Bono Navidad todos los pensionados y pensionadas que estén en las siguientes instituciones al 30 de noviembre de 2020:

  • Instituto de Previsión Social.
  • Cajas de Previsión de DIPRECA y CAPREDENA.
  • Instituto de Seguridad Laboral.
  • Mutualidades de Empleadores de la Ley 16.744 de Accidentes del Trabajo.

También tienen derecho los pensionados del DL 3.500 (Sistema de AFP), que a esa fecha se encuentren percibiendo el beneficio de Aporte Previsional Solidario (APS) o pensiones mínimas con Garantía Estatal

En el caso del IPS, los beneficiarios son los siguientes:

  • Pensionados de las ex-Cajas de Previsión.
  • Personas con Pensión Básica Solidaria (PBS).
  • Pensionados con Aporte Previsional Solidario (APS), del Sistema de AFP.
  • Pensionados de la Ley N° 19.234 (Exonerados Políticos).
  • Pensionados de la Ley de Reparación N° 19.123 (Ley Rettig).
  • Pensionados de la Ley de Reparación N° 19.992 (Ley Valech).
  • Pensionados de Accidentes del Trabajo, Ley N° 16.744, del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Personas que reciben Subsidio por Discapacidad Mental, Art. 35 de la Ley N° 20.255.
  • Beneficiarios de indemnizaciones del Carbón, Ley N° 19.129.

SECTOR PRIVADO

En el sector privado el aguinaldo no es obligatorio, aunque si una empresa ha entregado el beneficio sistemáticamente todos los meses de diciembre por varios años, aquello la obliga a seguir otorgándolo como un "derecho adquirido" por parte de los trabajadores.

MONTOS

Para este año aún no se definen por ley los montos de aguinaldo, pero según el último reajuste se establecieron los siguientes pagos de acuerdo al tramo de sueldo.

  • Las personas cuya remuneración líquida sea igual o inferior a 773.271 pesos, recibirían $57.873.
  • Las personas con remuneración líquida superior a 773.271 pesos e igual o inferior a $2.560.669, recibirían $30.613.